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NUEVAS AYUDAS DE LA JCYL PARA EL SECTOR TURÍSTICO

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La Consejería de Cultura y Turismo publica las bases reguladoras de las NUEVAS AYUDAS destinadas al sector turístico de Castilla y León, con la finalidad de dotar de liquidez a las empresas turísticas que por motivo de la emergencia sanitaria derivada del COVID-19 están pasando dificultades económicas por la falta de ingresos.

OBJETO: subvenciones destinadas a paliar la situación de pérdida económica sufrida por el sector turístico de Castilla y León, derivada de la crisis ocasionada por el COVID-19.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES: mantenimiento de la actividad y el empleo de las empresas y profesionales del sector turístico, afectados por la crisis del COVID-19, para contribuir a su reactivación en el nuevo escenario económico y social, facilitando el cumplimiento de sus obligaciones empresariales.

BENEFICIARIOS: empresas turísticas con domicilio fiscal en la Comunidad de Castilla y León, ya sean personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes, que a fecha 25 de octubre de 2020, figuren inscritas en el Registro de Turismo de Castilla y León.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN: en función del número de personas trabajadoras en el establecimiento o centro de trabajo al que se refiera la solicitud en situación de alta en la Seguridad Social a fecha de 25 de octubre de 2020:

  • Personas trabajadoras autónomas en las que concurran la doble circunstancia de no tener contratados trabajadores por cuenta ajena ni local físico de atención directa al público: 1.000 euros.
  • Entre 1 y 3 personas trabajadoras: 2.000 euros.
  • Entre 4 y 8 personas trabajadoras: 3.000 euros.
  • Más de 8 personas trabajadoras: 4.000 euros.

En todos los casos, el cómputo total de personas trabajadoras incluirá tanto a las personas autónomas como a las asalariadas. El cómputo de trabajadores asalariados se realizará con independencia de la jornada a tiempo completa o parcial, su régimen de contratación temporal o fija, o que se encuentren en cualquier situación de ERTE, excedencia, permisos, bajas por incapacidad temporal o situaciones similares de suspensión de la relación laboral en la empresa.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: La selección de los beneficiarios se realizará por el orden de la presentación de las solicitudes, desde que el expediente esté completo.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: pendiente de la publicación del extracto de la convocatoria.

Una vez más y como siempre, en MINAGRIND ESTAMOS A VUESTRA ENTERA DISPOSICIÓN. De momento, vamos a por ello, unidos juntos, con todas las fuerzas, con todos los ánimos!

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